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Notas de prensa

La Xunta recurrirá ante el Constitucional el impuesto de grandes fortunas del Gobierno central

La Xunta recurrirá ante el Constitucional el impuesto de grandes fortunas del Gobierno central

Santiago de Compostela, 23 de marzo de 2023.- El Gobierno gallego acordó hoy en la reunión del Consello de la Xunta presentar un recurso de inconstitucionalidad en relación con el Artículo 3 de la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias, facultando al efecto a la Asesoría Xurídica Xeral de la Xunta de Galicia. El Gobierno gallego toma esta decisión tras la valoración del Consello Consultivo de Galicia.

 

Como primer fundamento del recurso, el Ejecutivo autonómico considera que la creación de este nuevo impuesto supone la vulneración de la autonomía financiera autonómica y del bloque de constitucionalidad en materia de tributos cedidos. 

 

Tal y como se precisará en el recurso, la Comunidad gallega cuando regula sobre el Impuesto de Patrimonio ejerce una competencia reconocida, como es la de legislar sobre bonificaciones al IP. Y el Estado, con la creación de este impuesto -del que se reconoce que coincide con el de Patrimonio-, anula, desactiva y modifica la cesión hecha, sin ajustarse además a las reglas y procesos que serían necesarios para la modificación de esa cesión.

 

Además de vaciar de contenido las competencias normativas autonómicas que se ejercen en base a la autonomía financiera autonómica gallega, el recurso también alegará vulneración del principio de seguridad jurídica, ya que la entrada en vigor de la norma el 29 de diciembre de 2022, provoca que la entrada en vigor del impuesto y el pago se produzcan prácticamente en el mismo momento, privando a los contribuyentes del tiempo mínimo necesario para prever su tributación.

 

Finalmente, el recurso también trasladará al Tribunal Constitucional que hay vulneración del procedimiento legislativo con relevancia constitucional, destacando que el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas no fue incluido en el texto inicial de la proposición de ley presentada ante el Congreso, sino que fue incorporado muy posteriormente en trámite de enmiendas a una proposición de ley sobre materia distinta, incumpliendo de este modo la doctrina del TC sobre la conexión mínima de homogeneidad, la cual dispone que no resulta posible introducir enmiendas que no guarden relación con el objeto del texto inicial. 

 

No se cumple con la doctrina descrita al introducir un nuevo tributo, que no guarda ninguna relación con los otros dos gravámenes contenidos en la proposición de ley tomada en consideración: el gravamen temporal energético y el gravamen temporal de entidades de crédito y establecimiento financieros de crédito.