Presupuestos de la UE 2014-2020
El presupuesto de la UE es diferente de los presupuestos nacionales. La UE no financia directamente la asistencia sanitaria o la educación, como tampoco financia la policía o las fuerzas armadas. Su lógica es paneuropea, no nacional. Su pequeño tamaño en términos relativos le permite concentrarse en aquellos ámbitos en los que aporta un elevado valor añadido para la UE. El presupuesto de la UE no pretende financiar iniciativas que los Estados miembros podrían financiar por sí mismos. Su razón de ser es que hay actividades que se han de financiar para que la UE pueda funcionar o porque pueden llevarse a cabo de forma más económica y efectiva mediante la financiación colectiva del presupuesto de la UE. Existe para:
- Financiar las políticas comunes que los Estados miembros han decidido que deben llevarse a cabo a nivel de la UE (como, por ejemplo, la Política Agrícola Común).
- Expresar la solidaridad entre todos los Estados miembros y todas las regiones con objeto de contribuir al desarrollo de las regiones más pobres, lo que a su vez hace posible que la UE funcione como un único espacio económico (mediante la política de cohesión, por ejemplo).
- Financiar intervenciones destinadas a completar el mercado interior que ni siquiera los Estados miembros más prósperos podrían financiar por sí solos. El presupuesto de la UE permite una perspectiva paneuropea y no una visión puramente nacional (por ejemplo, mediante la financiación de inversiones paneuropeas en infraestructuras). También contribuye a eliminar la costosa duplicación de iniciativas entre distintos sistemas nacionales que persiguen en parte los mismos objetivos.
- Lograr sinergias y economías de escala facilitando la cooperación y la búsqueda de soluciones conjuntas a problemas que no pueden ser resueltos por los Estados miembros por sí solos (por ejemplo, el desarrollo de programas de investigación e innovación de vanguardia a escala mundial, la cooperación en asuntos de interior, la migración y la justicia).
- Responder a desafíos persistentes y emergentes que requieren una postura común, paneuropea (por ejemplo, en los ámbitos del medio ambiente, el cambio climático, la ayuda humanitaria, la evolución demográfica y la cultura).
En las conclusiones sobre el Marco Financiero Plurianual 2014-2020, el Consejo Europeo, en su reunión del 7 y 8 de febrero de 2013, ha llegado al acuerdo político de que la cifra total máxima de gasto de la UE con 28 miembros, para el periodo 2014-2020, será de 959.988 millones de euros en créditos de compromiso (precios 2011). En las observaciones generales se establece que el presupuesto de la Unión Europea debe ser un catalizador del crecimiento y el empleo en toda Europa y en particular servir de palanca a las inversiones productivas y en capital humano. Dentro del Marco Financiero Plurianual 2014-2020, el gasto debe movilizarse para apoyar el crecimiento, el empleo, la competitividad y la convergencia, en consonancia con la Estrategia Europa 2020.
El Marco Financiero Plurianual correspondiente al periodo 2014-2020 presenta la estructura siguiente:
- Rúbrica 1. Crecimiento inteligente e integrador:
- Subrúbrica 1a. Competitividad para el crecimiento y el empleo.
- Sub rúbrica 1b. Cohesión económica, social y territorial.
- Rúbrica 2. Crecimiento sostenible: recursos naturales.
- Rúbrica 3. Seguridad y ciudadanía.
- Rúbrica 4. Europa global.
- Rúbrica 5. Administración.
- Rúbrica 6. Indemnizaciones.
►Portal web del Marco Financeiro Plurianual 2014-2020
(Comisión Europea)
Documentos asociados
- Decisión (UE, EURATOM) 2020/555 de la Comisión, de 22 de abril de 2020, por la que se modifica su Reglamento interno (DOUE 22.04.2020 L 127I)
- Decisión (UE, EURATOM) 2020/555 de la Comisión, de 22 de abril de 2020, por la que se modifica su Reglamento interno (DOUE 22.04.2020 L 127I)
- Reglamento (UE, Euratom) 2020/538 del Consejo, de 17 de abril de 2020, que modifica el Reglamento (UE, Euratom) n. 1311/2013 por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020, en lo relativo al margen global para compromisos (DOUE 17.04.2020 L 119I)
- Reglamentos (UE, Euratom) 2019/2234 del Consejo, de 19 de diciembre de 2019, por el que se establecen medidas relativas a la ejecución y financiación del presupuesto general de la Unión Europea en 2020 en relación con la retirada del Reino Unido de la Unión (DOUE 30.12.2019 L 336)
- Decisión (UE, Euratom) 2019/2209 del Consejo, de 16 de diciembre de 2019, por la que se modifica su Reglamento interno (DOUE 23.12.2019 L 332)
- Decisión (UE, Euratom) 2018/2076 del Consejo, de 20 de diciembre de 2018, por la que se modifica su Reglamento interno (28.12.2018 L331)
- Decisión 2009.937.UE del Consejo, de 1 de diciembre de 2009, por la que se aprueba su Reglamento interno (versión consolidada 01.01.2018)
- Reglamento (UE, Euratom) 2017/1123 del Consejo, de 20 de junio de 2017, por el que se modifica el Reglamento (UE, Euratom) n. 1311/2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (DOUE 24.06.2017, L 163)
- Ajuste técnico del marco financiero para 2017 en función de la evolución de la renta nacional bruta y ajuste de las dotaciones asignadas a la política de cohesión. COM(2016) 311 final, ANEXO 1 (inglés) (30.6.2016)
- Ajuste técnico del marco financiero para 2017 en función de la evolución de la renta nacional bruta y ajuste de las dotaciones asignadas a la política de cohesión. COM(2016) 311 final (30.6.2016)
- Reglamento (UE, EURATOM) N. 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (Texto consolidado 25.04.2015)
- Reglamento (UE, Euratom) 2015/623 del Consejo, de 21 de abril de 2015, por el que se modifica el Reglamento (UE, Euratom) n. 1311/2013 por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (DOUE 22.04.2015, L 103)
- Reglamento (UE, Euratom) Nº 608/2014 del Consejo, de 26 de mayo de 2014, por el que se establecen medidas de ejecución del sistema de recursos propios de la Unión Europea (DOUE 07.06.2014, L 168)
- Decisión del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea (2014/335/UE, Euratom) (DOUE 07.06.2014, L 168)
- Reglamento (UE, Euratom) Nº 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el Marco Financiero Plurianual para el período 2014-2020 (DOUE 20.12.2013, L 347)
- Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (DOUE 20.12.2013, C 373)
- Conclusiones sobre el Marco Financiero Plurianual 2014-2020. Consejo Europeo, 7 y 8 de febrero de 2013 (EUCO 37/13)
- Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones. Un presupuesto para Europa 2020. Parte I. COM(2011) 500 final (29.06.11)
- Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones. Un presupuesto para Europa 2020. Parte II: Fichas sobre políticas. COM(2011) 500 final (29.06.11)