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Transmisiones Patrimoniales y AJD

CONSULTA V0005-19: Artículo 14. Cuatro del Decreto legislativo 1/2011. Aplicación del tipo de gravamen reducido para la adquisición de vivienda habitual por familias numerosas en la compra de una finca en la que se pretende construir dicha vivienda, y plazo para vender la vivienda actual a efectos de no computar en el límite de patrimonio.

CONSULTA V0005-19: Artículo 14. Cuatro del Decreto legislativo 1/2011. Aplicación del tipo de gravamen reducido para la adquisición de vivienda habitual por familias numerosas en la compra de una finca en la que se pretende construir dicha vivienda, y plazo para vender la vivienda actual a efectos de no computar en el límite de patrimonio.

La consultante quiere saber el tipo de gravamen a aplicar en la liquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales por la compra de una finca, en la cual pretende construir la que será su futura vivienda habitual. Según manifiesta, cumple el requisito de ser miembro de familia numerosa pero con respecto al límite del patrimonio, desea aclaración respecto al plazo de los dos años para vender su vivienda actual y que el valor de esta no compute como patrimonio de la unidad familiar.

  1.  Si el plazo es de dos años desde la escritura de compra de la parcela, o
  2. Si el plazo de dos años es desde que se firma la escritura de obra nueva, esto es, 6 años desde la escritura de compra de la finca (4 para construir la vivienda + 2 para vender la vivienda anterior).

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