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Donaciones

CONSULTA V0002-17: Artículo 8. Cuatro del Decreto legislativo 1/2011. Aplicación de la reducción por la adquisición de bienes y derechos afectos a una actividad económica y de participaciones en entidades, en concreto de los requisitos de ejercicio de funciones directivas y de mantenimiento del bien adquirido. (reiteración de la consulta V0005-16)

CONSULTA V0002-17: Artículo 8. Cuatro del Decreto legislativo 1/2011. Aplicación de la reducción por la adquisición de bienes y derechos afectos a una actividad económica y de participaciones en entidades, en concreto de los requisitos de ejercicio de funciones directivas y de mantenimiento del bien adquirido. (reiteración de la consulta V0005-16)

Esta consulta reitera la consulta efectuada el 6 de octubre de 2015 (V0005-16) en los siguientes términos:

  • Que habiendo recibido contestación de la consulta tributaria efectuada con relación a la transmisión de las participaciones de la empresa Comuca, SL a mis hijos, donde se me comunicaba que la contestación sobre los puntos 1, 2 y 3 de la consulta quedaban fuera de las competencias atribuidas a ese centro directivo.
  • Que a pesar de que se trata de impuesto cedido a la Comunidad Autónoma de Galicia y que por lo tanto sería ese centro directivo en el que se pronunciaría sobre si la documentación aportada en la consulta es suficiente para cumplir o no los requisitos exigidos, se formuló la consulta a la Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda, la cual contesta que es competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia la contestación a la consulta.

CONSULTA

  1. Si el poder notarial de una de las hijas y la modificación de contrato comunicada a la oficina de empleo para ejercer funciones de dirección es justificante suficiente para demostrar que es la persona que ejerce la dirección de la empresa, a los efectos de acogerse a la reducción del 99% en la donación de las participaciones en entidades.
  2. Si para acreditar la mayor fuente de ingresos habría que fijarse en el último IRPF presentado.
  3. Si los adquirentes de las participaciones pueden acogerse a la reducción del 99% por la adquisición de bienes y derechos afectos a una actividad

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